PERMISO D
Los permisos de las clases C1, C, D1 y D solo pueden expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de clase B, sin ser precisa una antigüedad mínima.
- La obtención del permiso de la clase D implica la concesión del permiso de la clase D1.
- La obtención de un permiso de las clases D1 o D no implica la concesión de permisos de las clases A1, A2, A, C1 y C.
- Además, para la conducción profesional de los vehículos a los que autorizan los permisos de las clases D1 y D, es necesario que el conductor dea titular del correspondiente Certificado de Aptitud Profesional (CAP). La obtención de los permisos de las clases D1 o D implica la concesión del permiso de la clase BTP
- Para la conducción de trolebuses, se requerirá el permiso exigido para la conducción de autobuses.
- El permiso de conducción de las clases D1, D1 + E, D, y D + E, tendrá un período de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años, de tres años si sobrepasa dicha edad.
Clase D1:
Autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de no mas de 16 pasajeros además del conductor y cuya longitud máxima no exceda de 8 metros. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque o semiremolque cuya MMA no exceda de 750 kg.
Edad mínima 21 años cumplidos.
Clase D:
Autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de más de 8 pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque o semiremolque cuya MMA no exceda de 750 kg.
Edad mínima 24 años cumplidos.